La democracia (nuevamente) llora
A través de los años vemos como los gobiernos de turno realizan esfuerzos dirigidos a la acumulación de poder. El poder en Argentina es sinónimo de impunidad, de falta de control, de discrecionalidad. Cada vez que se ven afectados los principios básicos que garantizan una calidad institucionalidad aceptable, la democracia llora. Y esta oportunidad no es la excepción. Recientemente ingresó a la Cámara de Senadores un proyecto de ley -enviado por el oficialismo- por el cual la atribución de modificar el Presupuesto Nacional, consagrada en nuestra Constitución al Poder Legislativo, pasará a la órbita del Poder Ejecutivo, representado por el Jefe de Gabinete.
Como bien sabemos, el presupuesto nacional tiene como objeto planificar los gastos que realizará el Poder Ejecutivo durante el año y como se financiarán. También por intermedio del Presupuesto el gobierno rinde cuentas a la ciudadanía sobre los destinos de la recaudación (que viene incrementándose de manera sostenida a base de retenciones e impuestos cada vez más regresivos). Analizando el mismo, podemos observar cuanto se destina a educación, a salud, a seguridad, etc.
El tenor del proyecto enviado desde el Poder Ejecutivo hace pocos días hecha por tierra el principio de la planificación, estableciendo que el jefe de gabinete puede realizar los cambios que desee al presupuesto, siempre y cuando no modifique su cuantía (para modificar su monto el gobierno pisotea al Congreso utilizando los decretos de necesidad y urgencia). Una vez más el Poder Legislativo prescinde de una facultad que le pertenece y es indelegable (Art. 37, Ley 24.156 de Administración Financiera). Son los Diputados y Senadores los que definen en que debe gastarse el dinero. Y es el Poder Ejecutivo el encargado de administrar en base a los lineamientos provenientes del Congreso.
Años anteriores el gobierno anexaba al proyecto de ley de presupuesto un artículo que le otorgaba las denominadas “atribuciones extraordinarias”. A partir del momento en que sea aprobada esta ley, no hará falta anexar artículo alguno al presupuesto de cada año, ya que será una facultad propia del Jefe de Gabinete quien podrá, por ejemplo, asignar partidas que estaban presupuestadas para gastos de capital (inversiones) a gastos corrientes. Es decir, modificar lo presupuestado sin la intervención del Parlamento. En estos días se vio como se paralizaron las obras de viviendas sociales. Estos fondos estaban comprometidos en el presupuesto del año 2005. Pues bien, si estaban comprometidos los fondos, ¿Qué ha ocurrido? ¿Fueron destinados a otros gastos? ¿Cual fue el destino de dichas partidas?
Se cometen burdas violaciones a la Constitución Nacional. Y es desdeñable que muchas de ellas provengan del Poder Ejecutivo. Se utilizan caminos fuera del orden jurídico, evitando los procedimientos previstos por las leyes vigentes. El gobierno podría realizar cuanto cambio presupuestario se le ocurra, haciendo uso de el aceitado aparato legislativo que ha votado proyectos como la reforma al Consejo de la Magistratura, rechazada desde numerosos ámbitos. A contramano de la constitución, se elige legislar vía decretos de necesidad y urgencia que nunca son refrendados por ninguna de las cámaras y ni siquiera tratados por la comisión correspondiente, ya que la misma nunca se ha constituido (Art. 99, Inciso 3). Ahora bien, caben varios interrogantes: ¿Es este el camino para enriquecer nuestra democracia? ¿Estamos en el camino del afianzamiento institucional? ¿Nos enfocamos en consolidar instituciones fuertes? ¿Existe la tan mencionada independencia de poderes? Mientras la economía se mantenga dentro de los márgenes razonables de estabilidad, la sociedad no se preocupa por estos temas. Sin reglas claras y respeto al orden jurídico, el crecimiento económico sostenido no esta garantizado. ¿Cuantas crisis mas tendremos que afrontar para aprender la lección.
Cristian Bergmann
4 de Julio 2006
5 de julio de 2006
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